Normas de la Estación de Penitencia

Tal y como marcan nuestras Reglas en su artículo 26, la Estación de Penitencia tendrá un carácter penitencial, y por tanto debe tratarse de un ejercicio reflexivo personal, en la que demos Testimonio público de Fe y nos sintamos verdaderos seguidores de Cristo.

 

Artículo 26 de nuestras Reglas

La Hermandad hará estación de penitencia el Lunes Santo de cada año a la Santa Iglesia Catedral acompañando a las imágenes de Nuestro Padre Jesús Cautivo y Nuestra Señora de las Mercedes Coronada. A este acto, por su carácter penitencial, únicamente le dará sentido cristiano la predisposición a la reconciliación de los hermanos con Dios.

 

INDUMENTARIA

Los hermanos nazarenos han de participar en la estación de penitencia con el hábito y escudos propios de la Hermandad, según diseño y calidad fijado por la Junta de Gobierno, sin usar otros distintivos, prohibiéndose el uso de cualquier objeto de adorno o alhaja, a excepción del anillo nupcial. El hábito estará compuesto de túnica blanca, ceñida con correa mercedaria que cae al lado izquierdo, capa y antifaz negros; sobre la capa, al lado izquierdo y a la altura del brazo, el escudo de la Hermandad; y sobre el antifaz el de la Merced. Llevarán calcetines blancos y zapatos negros. Sobre la túnica y bajo el antifaz llevarán la medalla de la Hermandad.

Ningún hermano podrá realizar la estación de penitencia sin el hábito de nazareno de la Hermandad excepto aquellos que lo hagan prestando alguna misión específica dentro de la Cofradía. Los sacerdotes que sean invitados a realizarla, lo podrán hacer vistiendo el hábito de nazareno o con algún elemento identificativo de su condición sacerdotal. Las representaciones de otras hermandades que lo soliciten, lo podrán hacer con su hábito respectivo. Fuera de la estación de penitencia no se podrá usar el hábito y escudos de la Hermandad excepto en los casos de representatividad en otras cofradías, que serán determinados por la Junta de Gobierno.

Normas de la Estación de Penitencia

Los nazarenos deberán dirigirse, lo mismo al ir al templo que al retirarse a sus domicilios, por el camino más corto, sin hablar con nadie, con el rostro cubierto y sin detenerse.

Está terminantemente prohibido permanecer en la calle o lugar público con el antifaz levantado o el capirote quitado; solamente deberán descubrirse los hermanos cuando así se lo ordenen el Hermano Mayor, Diputado Mayor de Gobierno o diputados auxiliares y celadores a sus órdenes.

Normas de la Estación de Penitencia

Al llegar los nazarenos al templo rezarán ante los titulares para ofrecerles el acto penitencial que van a realizar. Guardando absoluto silencio y situándose en su lugar asignado, oirán las palabras del Director Espiritual y del Hermano Mayor, rezando juntos las oraciones con las que comienza la estación.

Normas de la Estación de Penitencia

Los hermanos costaleros cumplirán su acto penitencial obedeciendo a su capataz, sin discutir sus órdenes, manteniendo siempre con su comportamiento el respeto debido en la forma de llevar sobre sus hombros a las imágenes. Conocerán por medio de su capataz, que las recibirá del fiscal de paso, las normas dictadas por la Autoridad Eclesiástica competente, por el Consejo General de Hermandades y Cofradías de Sevilla y por la propia Hermandad, obligándose todos a su fiel cumplimiento.

Normas de la Estación de Penitencia

Se habrá organizado la estación de penitencia sobre el cuadrante hecho por el Diputado Mayor de Gobierno por orden de antigüedad, teniendo en cuenta el número de registro en la Hermandad, que es obtenido según la fecha de inscripción como hermano.

Los diputados auxiliares dispondrán de las nóminas de cada uno de los tramos que lleven bajo su control por delegación del Diputado Mayor de Gobierno. Comprobarán la presencia de sus celadores y se las confiarán para nombrar y colocar a sus nazarenos. Si algún celador no estuviese presente en el momento de organizar la Cofradía, el Diputado Mayor de Gobierno o los diputados auxiliares dispondrán su sustitución por otro hermano.

Normas de la Estación de Penitencia

Durante el recorrido el procedimiento de control vendrá dado en la línea Diputado Mayor de Gobierno – diputados auxiliares – celadores – nazarenos. Las consignas no serán improvisadas sino fruto de un estudio previo efectuado en las reuniones que a lo largo del año hayan realizado Diputado Mayor de Gobierno, diputados auxiliares, celadores, capataces, acólitos, y todos aquellos que tengan una labor de colaboración durante la estación de penitencia. Sólo se modificarán cuando surjan circunstancias graves, debiendo procederse entonces con un criterio sereno y según el cambio de impresiones que mantendrán el Diputado Mayor de Gobierno y el Hermano Mayor.

Normas de la Estación de Penitencia

Para que la estación de penitencia observe el orden debido, los nazarenos no hablarán unos con otros ni con persona alguna, ni deberán dejarse acompañar por nadie que presencie el desfile. Ninguno se moverá del puesto que se le haya asignado ni se ocupará de encender el cirio si éste se apagase, pues esto lo hará su celador. Estarán atentos a las paradas y marchas que se les indiquen. Si por causa justificada algún nazareno tuviese necesidad de abandonar su puesto, esperará una parada para avisar al celador más próximo, quien se lo autorizará y dará cuentas posteriormente a su diputado auxiliar.

Normas de la Estación de Penitencia

Los hermanos nazarenos, durante el recorrido, portarán un solo cirio, insignia o cruz, según los casos, y lo harán de forma adecuada, que les será indicada por su celador; nunca serán utilizados como apoyo para su descanso ni serán manipulados para otro fin que no sea la realización de la penitencia, estando obligados a cuidar de su conservación hasta la finalización de la estación de penitencia.